ID: 705u3kXk2y

CERTIFICADO DE PUBLICACIÓN

Editora El Mundo, S.A. por este medio certifica la publicación del siguiente edicto/clasificado:

EDICTO # 60608

EL SUSCRITO NOTARIO SALVADOR ARMANDO RENDEROS VIDAL, mayor de edad, el Distrito de San Vicente, Municipio de San Vicente Sur, Departamento de San Vicente, con Oficina ubicada en la Cuarta Avenida Norte, Número Cuarenta y uno, Barrio El Santuario, del Distrito de San Vicente, Municipio de San Vicente Sur, Departamento de San Vicente, Teléfono veintitrés noventas y tres- treinta y cuatro once, al público en general. HACE SABER: Que ante mis Oficios Notariales se presentó el señor SAMUEL STANLEY CARRILLO GUZMAN, actualmente de treinta y dos años de edad, Licenciado en Ciencias Jurídicas, del domicilio del Distrito de Apastepeque, Municipio de San Vicente Norte, Departamento de San Vicente, portador de su Documento Único de Identidad Número: cero cuatro millones ochocientos setenta y cuatro mil quinientos cuarenta y ocho- dos, con Número de Identificación Tributaria: cero cuatro millones ochocientos setenta y cuatro mil quinientos cuarenta y ocho- dos; quien actúa en su calidad de Alcalde del Concejo Municipal del Municipio de San Vicente Norte, personería que DOY FE, de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista: La Fotocopia Certificada el día veinte de enero de dos mil veinticinco, de la Credencial extendida por el Tribunal Supremo Electoral, de la cual consta que de acuerdo al escrutinio final de las elecciones celebradas el día tres de marzo del año dos mil veinticuatro, practicado por el Tribunal Supremo Electoral, correspondiente al Municipio de San Vicente Norte, departamento de San Vicente, resultó electo el señor SAMUEL STANLEY CARRILLO GUZMAN, como Alcalde del Concejo Municipal de San Vicente Norte, departamento de San Vicente, Institución Oficial de Derecho Público de este domicilio; con Número de Identificación Tributaria: mil catorce- cero diez mil quinientos veinticuatro- ciento uno- seis, para el periodo constitucional que inició el día uno de mayo del año dos mil veinticuatro y que finaliza el día treinta de abril del año dos mil veintisiete, extendida en la ciudad de San Salvador, a los quince días del mes de abril del año dos mil veinticuatro, quien en la calidad con que actúa promueve DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, sin construcciones ni cultivos permanentes, el cual su representado el Municipio de San Vicente Norte, lo posee de manera quieta, pacífica y no interrumpida, desde hace más treinta años, inmueble que está situado en el Cantón San Felipe, en el lugar conocido como: "LAS MARIAS", Jurisdicción del Distrito de Apastepeque Municipio de San Vicente Norte, Departamento de San Vicente, correspondiente a la ubicación geográfica del Distrito de San Vicente Norte, Departamento de San Vicente, cuya descripción técnica es la siguiente: de una extensión superficial de SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS, de las
medidas y linderos espaciales siguientes: La descripción se origina en el Vértice Nor- Poniente de la propiedad marcado en el plano general como punto UNO cuyas coordenadas geodésicas son Norte doscientos ochenta y un mil trescientos setenta y cuatro punto ochenta, Oeste quinientos treinta y cuatro mil ciento cuarenta y ocho punto ochenta y nueve. AL NORTE: el cual está formado por tres tramos, TRAMO UNO Nor- ESTE, sesenta y ocho grados cuarenta minutos dieciséis segundos, con distancia de veintinueve punto noventa y un metros, linda con terreno propiedad de los señores Berta Lidia Alfaro, Carlos Romeo Monteagudo Alfaro, Marta Aracely Monteagudo Alfaro y Julio Cesar Monteagudo Alfaro, Calle que conduce al Desvió de San Felipe, de por medio; TRAMO DOS Sur- Este veintiún grados treinta y dos minutos treinta y cinco segundos, con una distancia de veintiséis punto noventa y siete metros, TRAMO TRES Nor- Este setenta grados treinta y tres minutos veintidós segundos, llegamos al Vértice Nor- Oriente de la propiedad lindando pared de ladrillo propia Cerco Fijo del que se describe de por medio, con propiedad de la señora María del Carmen Navarrete Vaquerano. AL ORIENTE: el cual está formado por ocho tramos, TRAMO UNO Sur- Este, veintiún grados cero seis minutos veintiocho segundos con distancia de veintisiete punto cuarenta y seis metros, linda con terreno propiedad del señor René Brígido Barahona Marroquín, muro de piedra y tierra de por medio; TRAMO DOS Sur- Este treinta y siete grados cero dos minutos treinta y siete segundos, con una distancia de siete punto cincuenta y ocho metros, TRAMO TRES Sur- Este cincuenta y dos grados veintiocho minutos dieciséis segundos, con una distancia de diez punto treinta y nueve metros, TRAMO CUATRO Sur- Este treinta y seis grados trece minutos cincuenta y seis segundos, con una distancia de tres punto cincuenta metros, TRAMO CINCO Sur- Este cincuenta y tres grados cero un minutos cincuenta y cinco minutos, con una distancia de ocho punto cuarenta y tres metros, TRAMO SEIS Sur- Este cero seis grados cincuenta y siete minutos treinta y nueve segundos, con una distancia de ocho punto cuarenta y un metros, TRAMO SIETE cero cuatro grados cero un minutos doce segundos, con una distancia de seis punto ochenta y cinco metros, TRAMO OCHO Sur- Oeste cero cero grados cero nueve minutos cero cuatro segundos, con una distancia de veintidós punto setenta y cinco metros, linda con terreno propiedad del señor Jonás Barahona Marroquín, muro de piedra y tierra de por medio; llegamos al vértice Sur- Oriente de la propiedad. AL SUR: el cual está formado por dos tramos, TRAMO UNO Sur- Oeste, sesenta y cuatro grados dieciséis minutos veintinueve segundos, con distancia de cuarenta y ocho punto ochenta y dos metros, TRAMO DOS Sur- Oeste setenta grados diez minutos cuarenta y dos segundos, con distancia de dieciséis punto noventa y nueve metros, lindando con terreno propiedad del señor René Brígido Barahona Marroquín, cerco fijo de por medio. AL PONIENTE: el cual está formado por tres tramos, TRAMO UNO Nor- Oeste, catorce grados treinta y seis minutos diecinueve segundos, con distancia de doce punto cuarenta y cinco meros, TRAMO DOS Sur- Oeste dieciséis grados cuarenta y dos minutos treinta y un segundos, con distancia de ochenta y dos punto veintinueve metros, lindando con terreno propiedad del señor Fermín Arévalo Merino, cerco de tela Ciclón de por medio, TRAMO TRES Nor- Oeste diecisiete grados veinte minutos veintinueve segundos, con una distancia de veintiséis punto ochenta y cuatro metros, lindando en parte con terreno propiedad del señor Fermín Arévalo Merino, y en parte con terreno propiedad del señor José Humberto Solano, cerco de tela Ciclón y Callejón de por medio. Todos los Colindantes son del domicilio del Distrito de Apastepeque, Municipio de San Vicente Norte, Departamento de San Vicente; que el terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión, y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; que, dicho inmueble hubo su representado por compra que hiciera a la señora Anastasia del Carmen Rodríguez, en el año mil novecientos noventa y tres, y desde su adquisición en el referido año, su representado el Municipio de San Vicente Norte, lo ha poseído de forma quieta, pacífica y no interrumpida. Resultando por consiguiente, que dicho inmueble lo ha poseído por más de diez años consecutivos, de la forma antes expresada, ejerciendo su representado en el mismo todos los actos de verdadero dueño, sin consentimiento, ni permiso de persona alguna, como realizar reparaciones locativas, construirlo, realizar modificaciones estructurales, pintarlo y todos los actos de verdadero dueño; pero carece de Título de propiedad Inscrito, por lo que comparece ante mis oficios notariales, para que de conformidad con lo establecido en el artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, seguidos que sean los trámites que la misma señala, se extienda a favor del Municipio de San Vicente Norte, representado legalmente señor SAMUEL STANLEY CARRILLO GUZMAN, en su calidad de Alcalde Municipal del Municipio de San Vicente Norte, el título que solicita. Valúa dicho inmueble en la cantidad de VEINTICINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA. Lo que
avisa al público en general para los efectos de ley. Librado en el Distrito de San Vicente, Municipio de San Vicente Sur, Departamento de San Vicente, a las nueve horas del día veintinueve de enero de dos mil veintiséis.
LICENCIADO SALVADOR ARMANDO RENDEROS VIDAL
NOTARIO
2-3-4. 60608

Editora El Mundo, S.A., por este medio hacemos constar, que esta es una certificación de la publicación realizada el día 03 de febrero de 2026, la cual se publicó en 2a Publicación.

Para los usos que estime conveniente se extiende la presente certificación el día martes 03 de febrero de 2026 a las 06:53 pm. Puede ser validada escaneando el código QR o visitando el enlace incluido a continuación.

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Thorsten Onno Wuelfers
Apoderado General Administrativo Mercantil y Judicial.
Editora El Mundo, S.A.


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