EDICTO # 60739
RHINA GUADALUPE BONILLA GONZALEZ, Notario, del domicilio del distrito de San Miguel, municipio de San Miguel centro, departamento de San Miguel, con oficina jurídica ubicada en Colonia San José, pasaje Salmerón, número seis, correo electrónico lupitagonzalez76@hotmail.com; HAGO SABER: Que a mi oficina profesional se ha presentado el señor ISAIAS ALEXANDER ALVAREZ CASTRO, de cincuenta y dos años de edad, sacerdote, del domicilio del distrito de La Unión, municipio de la Unión sur, departamento de La Unión, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero uno seis ocho dos uno cinco cuatro- cinco, actuando en nombre y representación legal de la DIOCESIS DE SAN MIGUEL, del domicilio de la ciudad de San Miguel, con Número de Identificación Tributaria: Uno dos uno siete- dos cero cero ocho ocho siete- uno cero uno- cero, solicitando mis servicios notariales a fin de que de conformidad a la Ley Especial para la Delimitación de Derechos Proindivisos Inmobiliarios, se declare separado de la proindivisión el siguiente: el resto de los derechos proindivisos que le corresponden en la Hacienda Chirilagua, situada en jurisdicción del distrito de Chirilagua, municipio de San Miguel centro, departamento de San Miguel, teniendo la extensión superficial de CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y TRES PUNTO SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS. No inscrito aun a favor de su representada, por tratarse de un derecho proindiviso, pero su preantecedente se encuentra inscrito a favor de la señora María Amparo Ruiz Viuda de Chávez, conocida por María Amparo Ruiz de Chávez, María Amparo Zelaya, María Amparo Ruiz Zelaya y Amparo Zelaya y otros, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente bajo el numero TREINTA Y TRES del Libro DOS MIL NOVENTA Y NUEVE, del departamento de San Miguel. Que su representada adquirió dicho inmueble por donación que le hizo la señora Albida Mirian Chávez de Cruz, el día diez de octubre del año dos mil veinticinco, la cual no ha sido inscrita en el Registro de Propiedad correspondiente, por tratarse de un terreno en estado de proindivisión.-Que únicamente para que surta efectos entre las partes y no para el registro la porción de terreno que dona es de la capacidad superficial de TRESCIENTOS SETENTA Y UNO PUNTO CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS.- AL NORTE, colinda con Eliseo Moreno, calle de por medio; AL ORIENTE, colindan con Elena González; AL SUR, colinda con Elena González; AL PONIENTE, colinda con los señores Candelario Chávez y Santos Bernardo Hernández, calle de por medio. En consecuencia, se cita a todos los que se consideren afectados comparezcan a interponer oposición fundada, presentando la documentación que legítima su alegación, hasta antes de pronunciada la resolución final. -Valúa dicho inmueble en DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Distrito de San Miguel, San Miguel centro, departamento de San Miguel, veinticuatro de marzo dos mil veintiséis.
16 Abril Única Pub. 60739
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Thorsten Onno Wuelfers |
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