Clasificados
Hay 46 resultados
#Edicto | Publicación | Cliente | Edicto |
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#52855 | 30-05-2023 |
MALYURICH DEL ROSARIO VALLADARES PALACIOS
3 Publicación Ver certificado
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LA SUSCRITA JUEZA DE FAMILIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, LICENCIADA ROMMY ERIKA ZÚNIGA DE ESTRADA, HACE SABER:
Que por resolución proveída por este juzgado, a las doce horas treinta minutos de este mismo día, se admitió la demanda de DECLARATORIA JUDICIAL DE UNIÓN NO MATRIMONIAL, regulado en el artículo ciento dieciocho del Código de Familia, interpuesta por la licenciada MALYURICH DEL ROSARIO VALLADARES PALACIOS, en representación de la señora ROSA DEL CARMEN BLANCO SORTO, de cincuenta y tres años de edad, soltera, operaria, originaria de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, del domicilio de Ilopango, departamento de San Salvador, de nacionalidad salvadoreña, respecto del causante, señor JOSÉ SAUL MARTÍNEZ MARROQUÍN, quien fue de sesenta y nueve años de edad, soltero, vendedor, originario de Ilopango, departamento de San Salvador, del último domicilio de Ilopango, departamento de San Salvador y en contra de todas aquellas personas quienes consideren que la Sentencia que se pronuncie les afectará en sus derechos, previniéndoseles que comparezcan a este Juzgado a manifestar su defensa y ejercer sus derechos, dentro del término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del presente Edicto. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado de Familia de Soyapango, a las doce horas cincuenta minutos del día cinco de mayo del año dos mil veintitrés.
LICDA. ROMMY ERIKA ZUNIGA DE ESTRADA
JUEZA DE FAMILIA
LICDA. DORA ALICIA HERRERA DE SANOVAL
SECRETARIA DE ACTUACIONES
NUE: 00291-23-SOY-FMPF-0FM2(118)
Col. 01/ISAV.
1a. Pub. 12-22-30 52855
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#52926 |
30-05-2023 ![]() |
SUPER MARINO, S.A. DE C.V.
3 Publicación Ver certificado
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RB4003
No. de Exp.: 2023212650
No. de Pres.: 20230354014
CLASE: 29.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER:
Que a esta oficina se ha(n) presentado OMAR ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de SUPER MARINO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: SUPER MARINO S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, consistente en: las palabras SUPERMARINO seafood PESCADITOS Nuggets de Pescado empanizados y diseño, que se traduce al castellano como SUPERMARINO Alimentos del mar PESCADITOS Pepitas de Pescado empanizados, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE ORIGEN ANIMAL-PESCADO-PREPARADOS O EN CONSERVA PARA SU CONSUMO. Clase: 29.
La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del dos mil veintitrés.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de febrero del dos mil veintitrés.
David Antonio Cuadra Gómez
REGISTRADOR
1a. Pub. 24-26-30 52926
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#52944 |
30-05-2023 ![]() |
VENDICIO, S.A DE C.V
3 Publicación Ver certificado
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JB3466
No. de Exp.: 2023214260
No. de Pres.: 20230357153
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER:
Que a esta oficina se ha(n) presentado SUSANA IVONNE PALACIOS DE LEÓN conocido por SUSANA IVONNE PALACIOS MARCHESINI, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de VENDICIO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: VENDICIO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, consistente en: la palabra: ROCAMAR y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (ALIMENTACIÓN); HOSPEDAJE TEMPORAL. Clase: 43.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de abril del dos mil veintitrés.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de abril del dos mil veintitrés.
QR
Firmado Por: Mauricio Enrique Sánchez Vásquez Cargo: Registrador Auxiliar 2023/04/28 14:37:37-0600 Centro Nacional de Registros Registro de PI
EL PRESENTE DOCUMENTO PÚBLICO HA SIDO EMITIDO UTILIZANDO UNA FIRMA ELECTRÓNICA CERTIFICADA, CUYA EFICACIA Y VALOR JURÍDICO SE ESTABLECE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 1, 8 Y 30 DE LA LEY DE FIRMA ELECTRÓNICA Y EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. PUEDE CONSULTAR LA INFORMACIÓN DEL DOCUMENTOS ELECTRÓNICO AQUÍ: https://vol.uanataca.comks
1a. Pub. 24-26-30 52944
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#52945 |
30-05-2023 ![]() |
JENNY NATALIA PERAZA DE ROJAS
3 Publicación Ver certificado
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RP1559
No. de Exp.: 2023213982
No. de Pres.: 20230356670
CLASE: 44.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER:
Que a esta oficina se ha presentado JENNY NATALIA PERAZA DE ROJAS, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, consistente en: las palabras NP Dra. Natalia Peraza DERMATOLOGÍA ESTÉTICA VENEREOLOGÍA y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS MÉDICOS; SERVICIOS VETERINARIOS; TRATAMIENTOS DE HIGIENE Y DE BELLEZA PARA PERSONAS O ANIMALES; SERVICIOS DE AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA. Clase: 44.
La solicitud fue presentada el día doce de abril del dos mil veintitrés.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de abril del dos mil veintitrés.
QR
Firmado Por: Nery Cristians Stanley Portillo López cargo: Registrador Auxiliar
2023/04/18 10:34:00-0600 Centro Nacional de Registros Registro de PI
EL PRESENTE DOCUMENTO PÚBLICO HA SIDO EMITIDO UTILIZANDO UNA FIRMA ELECTRÓNICA CERTIFICADA, CUYA EFICACIA Y VALOR JURÍDICO SE ESTABLECE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 1, 8 Y 30 DE LA LEY DE FIRMA ELECTRÓNICA Y EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. PUEDE CONSULTAR LA INFORMACIÓN DEL DOCUMENTOS ELECTRÓNICO AQUÍ: https://vol.uanalaca.coiriles
1a. Pub. 24-26-30 52945
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#52960 |
30-05-2023 ![]() |
LA PIRAMIDE, S.A DE C.V.
2 Publicación
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HZ3943
FOSFOSILEX
No. de Exp.: 2023214532
No. de Pres.: 20230357653
CLASE: 05.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER:
Que a esta oficina se ha(n) presentado RONALD EDUARDO TOLEDO CHÁVEZ, en su calidad de APODERADO de LA PIRÁMIDE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LA PIRÁMIDE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, consistente en: la palabra FOSFOSILEX, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.
La solicitud fue presentada el día tres de mayo del dos mil veintitrés.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de mayo del dos mil veintitrés.
FOSFOSILEX
QR
Firmado Por: Jorge Martínez Lacayo Cargo: Registrador Auxiliar 2023/05/15 11:39:35-0600 Centro Nacional de Registros Registro de PI
EL PRESENTE DOCUMENTO PÚBLICO HA SIDO EMITIDO UTILIZANDO UNA FIRMA ELECTRÓNICA CERTIFICADA, CUYA EFICACIA Y VALOR JURÍDICO SE ESTABLECE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 1, 8 Y 30 DE LA LEY DE FIRMA ELECTRÓNICA Y EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. PUEDE CONSULTAR LA INFORMACIÓN DEL DOCUMENTOS ELECTRÓNICO AQUÍ: https://vol.uanataca.com/es
1a. Pub. 26-30-1 52960
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#52962 |
30-05-2023 ![]() |
KODIGO, S.A. DE C.V
3 Publicación Ver certificado
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AP4005
GEEK SHOW
No. de Exp.: 2023214321
No. de Pres.: 20230357254
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER:
Que a esta oficina se ha(n) presentado PATRICIA CAROLINA LÓPEZ MIRANDA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL, FERNANDO KRIETE SOL, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de IMPACTES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: IMPACTES, S.A. DE C.V. con un 50% de cotitularidad, de nacionalidad SALVADOREÑA y KODIGO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: KODIGO, S.A. DE C.V. con un 50% de cotitularidad, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, consistente en: las palabras GEEK SHOW, la cual traducida al idioma castellano significa ESPECTÁCULO DE GEEK, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS QUE CONSISTEN EN ORGANIZACIÓN, PROMOCIÓN DE FERIAS DE TRABAJO Y DE EMPRENDIMIENTO. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día veinticinco de abril del dos mil veintitrés.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de abril del dos mii veintitrés.
GEEK SHOW
QR
Firmado Por: Jorge Martínez Lacayo Cargo: Registrador Auxiliar 2023/05105 08:15:25-0600 Centro Nacional de Registros Registro de PI
EL PRESENTE DOCUMENTO ÚNICO HA SIDO EMITIDO UTILIZANDO UNA FIRMA ELECTRÓNICA CERTIFICADA, CUYA EFICACIA Y VALOR JURÍDICO SE ESTABLECE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 1, 1 Y 30 DE LA LEY DE FIRMA ELECTRÓNICA Y EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, PUEDE CONSULTAR LA INFORMACIÓN DEL DOCUMENTOS ELECTRÓNICO AQUÍ: https://voLuanataca.cornies
1a. Pub.24-26-30 52962
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#52963 |
30-05-2023 ![]() |
CORPORACIÓN POLARIS
3 Publicación Ver certificado
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RB4003
No. de Exp.: 2023214066
No. de Pres.: 20230356828
CLASE: 36.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER:
Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS ALBERTO GUERRERO CONTRERAS, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CORPORACIÓN POLARIS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACIÓN POLARIS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, consistente en: la palabra HAUS y diseño, que se traduce al castellano como CASA; Respecto al elemento denominativo HAUS, que se traduce al castellano como CASA, considerado individualmente, no se otorga exclusividad, por ser términos descriptivos e indicativos de los servicios a distinguir y no puede ser otorgado su uso a cualquier persona conforme a lo regulado en el Artículo 29 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE ARRENDAMIENTO DE APARTAMENTOS, LOCALES COMERCIALES; LA ADMINISTRACIÓN DE BIENES INMUEBLES. Clase: 36.
La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del dos mil veintitrés.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de abril del dos mil veintitrés.
QR
Firmado Por: Jorge Martínez Lacayo Cargo: Registrador Auxiliar 2023/05/03 14:13:23-0600 Centro Nacional de Registros Registro de PI
EL PRESENTE DOCUMENTO PÚBLICO HA SIDO EMITIDO UTILIZANDO UNA FIRMA ELECTRÓNICA CERTIFICADA, CUYA EFICACIA Y VALOR JURÍDICO SE ESTABLECE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 1, 8 Y 30 DE LA LEY DE FIRMA ELECTRÓNICA Y EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. PUEDE CONSULTAR LA INFORMACIÓN DEL DOCUMENTOS ELECTRÓNICO AQUÍ: hups://vol.uanataca.com.es
1a Pub. 24-26-30 52963
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#52966 | 30-05-2023 |
ANGEL ENRIQUE MACHADO ZAMORA
1 Publicación
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MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
ELEONORA ELIZABETH DE MARROQUÍN, GERENTE DE EXTRANJERÍA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA, MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA,
HACE SABER: Que ante el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública se ha presentado el señor ÁNGEL ENRIQUE MACHADO ZAMORA, solicitando que se le otorgue la calidad de salvadoreño por naturalización, por ser de origen y de nacionalidad venezolana y por tener domicilio fijo en El Salvador de conformidad con lo que establecen los artículos noventa y dos ordinal primero de la Constitución de la República de El Salvador, ciento cincuenta y seis numeral uno y ciento cincuenta y siete numeral uno de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.
El señor ÁNGEL ENRIQUE MACHADO ZAMORA, en su solicitud agregada a folio noventa y cuatro de fecha veinticuatro de enero de dos mil veintitrés, presentada en esa misma fecha, manifiesta que es de cincuenta y dos años de edad, sexo masculino, casado, ingeniero en sistemas, de nacionalidad venezolana, con domicilio en el municipio de San José Villanueva, departamento de La Libertad, originario de Caucagua, municipio Acevedo, estado Miranda, República Bolivariana de Venezuela, lugar donde nació el día veintiocho de noviembre de mil novecientos setenta. Que sus padres responden a los nombres de: Francisco Antonio Machado Galarraya y Reina Noel Zamora de Machado, siendo el primero de setenta y tres años de edad, comerciante, originario y del domicilio de Caucagua, estado Miranda, República Bolivariana de Venezuela, de nacionalidad venezolana, sobreviviente a la fecha y la segunda de sesenta y ocho años de edad, ama de casa, originaria y del domicilio de Caucagua, estado Miranda, República Bolivariana de Venezuela, de nacionalidad venezolana, sobreviviente a la fecha. Que su cónyuge responde al nombre de: Ana Delmy Pérez Machado, de cuarenta y un años de edad, cosmetóloga, del domicilio del municipio de San José Villanueva, departamento de La Libertad, originaria del municipio de Santa Tecla, de nacionalidad salvadoreña.
Asimismo, consta en la solicitud antes relacionada, que el señor ÁNGEL ENRIQUE MACHADO ZAMORA, ingresó al país por la delegación migratoria del Aeropuerto Internacional de El Salvador, San Óscar Arnulfo Romero y Galdámez el día dos de marzo de dos mil diecinueve. Además, expresa su voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y autoridades de la República de El Salvador.
Lo que hace saber al público para los efectos de Ley y se emplaza a toda persona interesada en oponerse al otorgamiento de la calidad de salvadoreño por naturalización a favor del señor ÁNGEL ENRIQUE MACHADO ZAMORA, para que en el término de quince días contados desde la fecha de la tercera publicación de este edicto en el DIARIO OFICIAL y en un periódico de mayor circulación en el país, se presente a éste Ministerio justificando la oposición con la prueba pertinente, regulado en el artículo doscientos sesenta y cuatro de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA, GERENCIA DE EXTRANJERÍA. San Salvador, a las horas con quince minutos del día veintisiete de febrero de dos mil veintitrés.
LICDA. ELEONORA ELIZABETH DE MARROQUIN
GERENTE DE EXTRANJERÍA
EXT-VEN-00736
Elaborado por: dmendoza
Vo.Bo. Jefe de Resoluciones:
1a. Pub. 30-31-1 52966
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#52973 |
30-05-2023 ![]() |
DISTRIBUIDORA HORIZONTES, S.A DE C.V.
1 Publicación
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RM3944
No. de Exp.: 2011107657
No. de Pres.: 20110148284
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER:
Que a esta oficina se ha(n) presentado VICTOR JOSÉ STEINER MORATAYA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de DISTRIBUIDORA HORIZONTES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESIÓN O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL, consistente en: las palabras Mi tacita y diseño. La Marca a la que hace referencia la presente Expresión o Señal de Publicidad Comercial se denomina: Mi tacita y diseño y se encuentra inscrita al número 158 del Libro 311 de Marcas, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMIDOR SOBRE MÁQUINAS DISTRIBUIDORAS AUTOMÁTICAS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS.
La solicitud fue presentada el día veintidós de febrero del dos mil once.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de enero del dos mil veintitrés.
Cecilia Esperanza Godoy González
REGISTRADORA
1a. Pub. 30-1-5 52973
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#52974 |
30-05-2023 ![]() |
STEINER, S.A DE C.V.
1 Publicación
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RP1559
STONE'S
No. de Exp.: 2023214156
No. de Pres.: 20230356978
CLASE: 29, 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER:
Que a esta oficina se ha(n) presentado VÍCTOR JOSÉ STEINER MORATAYA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de STEINER, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: STEINER, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, consistente en: la palabra STONE'S, se traduce al castellano como: Piedra, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL, VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES, ASÍ COMO OTROS PRODUCTOS HORTÍCOLAS COMESTIBLES PREPARADOS O EN CONSERVA PARA SU CONSUMO. Clase: 29. Para: AMPARAR: CAFÉ, CACAO, ARROZ, PASTAS ALIMENTICIAS Y FIDEOS; HARINA Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES, PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA, PRODUCTOS PARA SAZONAR, SALSAS Y OTROS CONDIMENTOS. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del dos mil veintitrés.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de abril del dos mil veintitrés.
STONE'S
LOGO QR PENDIENTE
Firmado Por: Juan Carlos Aguilar Samayoa
Cargo: Registrador Auxiliar
2023/05/02 11:17:00-0600
Centro Nacional de Registros
Registro de PI
EL PRESENTE DOCUMENTO PÚBLICO HA SIDO EMITIDO UTILIZANDO UNA FIRMA ELECTRÓNICA CERTIFICADA, CUYA EFICACIA Y VALOR JURÍDICO SE ESTABLECE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 1, 8 Y 30 DE LA LEY DE FIRMA ELECTRÓNICA Y EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATCVOS. PUEDE CONSULTAR LA INFORMACIÓN DEL DOCUMENTOS ELECTRÓNICO AQUÍ: https://vol.uanataca.com/es
1a. Pub. 30-1-5 52974
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#52975 |
30-05-2023 ![]() |
STEINER, S.A DE C.V.
1 Publicación
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RP1559
JAX
No. de Exp.: 2023214153
No. de Pres.: 20230356974
CLASE: 29, 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER:
Que a esta oficina se ha(n) presentado VÍCTOR JOSÉ STEINER MORATAYA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de STEINER, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: STEINER, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, consistente en: la palabra JAX, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE ORIGEN ANIMAL, LAS VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES, ASÍ COMO OTROS PRODUCTOS HORTÍCOLAS COMESTIBLES PREPARADOS O EN CONSERVA PARA SU CONSUMO. Clase: 29. Para: AMPARAR: PRODUCTOS DE CAFÉ, CACAO, ARROZ, PATATAS ALIMENTICIAS Y FIDEOS; HARINA Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES, PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA, PRODUCTOS PARA SAZONAR, SALSAS Y OTROS CONDIMENTOS. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del dos mil veintitrés.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,
veintiuno de abril del dos mil veintitrés.
JAX
LOGO QR PENDIENTE
Firmado Por: Juan Carlos Aguilar Samayoa Cargo: Registrador Auxiliar 2023/04/27 15:43:30-0600 Centro Nacional de Registros Registro de PI
EL PRESENTE DOCUMENTO PÚBLICO HA SIDO EMITIDO UTILIZANDO UNA FIRMA ELECTRÓNICA CERTIFICADA CUYA EFICACIA Y VALOR JURÍDICO SE ESTABLECE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 1, 8 Y 30 DE LA LEY DE FIRMA ELECTRÓNICA Y EL ARTICULO 19 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. PUEDE CONSULTAR LA INFORMACIÓN DEL DOCUMENTO ELECTRÓNICO AQUÍ: https//vol.uanataca.com/es
1a. Pub. 30-1-5 52975
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#52976 |
30-05-2023 ![]() |
STEINER,S.A DE C.V.
1 Publicación
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RP1559
STRIX
No. de Exp.: 2023214155
No de Pres.: 20230356977
CLASE: 29, 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER:
Que a este oficina se he(n) presentado VICTOR JOSE STEINER MORATAYA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de STEINER, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: STEINER, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREIA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, consistente en: la palabra STRIX, que servirá pera: AMPARAR: PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE ORIGEN ANIMAL, LAS VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES, ASI COMO OTROS PRODUCTOS HORTICOLAS COMESTIBLES PREPARADOS 0 EN CONSERVA PARA SU CONSUMO. Clase: 29. Para: AMPARAR: PRODUCTOS DE CAFE; CACAO, ARROZ, PASTAS ALIMENTICIAS Y FIDEOS; HARINA Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES, PAN, PRODUCTOS DE PASTELERIA, PRODUCTOS PARA SAZONAR, SALSAS Y OTROS CONDIMENTOS. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del dos mil veintitrés.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de abril del dos mil veintitrés.
STRIX
LOGO QR PENDIENTE
Firmado Por: Juan Carlos Aguilar Samayoa Cargo: Registrador Auxiliar 2023/04/27 15:54:39-0600 Centro Nacional de Registros Registro de PI
EL PRESENTE DOCUMENTO PÚBLICO HA SIDO EMITIDO UTILIZANDO UNA FIRMA ELECTRÓNICA CERTIFICADA, CUYA EFICACIA Y VALOR JURÍDICO SE ESTABLECE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 1, 8 Y 30 DE LA LEY DE FIRMA ELECTRÓNICA Y EL ARTICULO 19 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. PUEDE CONSULTAR LA INFORMACIÓN DEL DOCUMENTOS ELECTRÓNICO AQUÍ: https://vol.uanataca.com/es
1a. Pub. 30-1-5 52976
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#52977 | 30-05-2023 |
MELVIN ERNESTO RUBIO
2 Publicación
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EDICTO.
MÁSTER CARMEN ELENA MOLINA, JUEZA DEL JUZGADO TERCERO DE FAMILIA UNO, DE ESTE CENTRO JUDICIAL, HACE SABER:
Que por resolución proveída por este Tribunal, a las ocho horas y cincuenta minutos del día catorce de abril de dos mil veintitrés, se resolvió emplazar por medio de edicto al demandado, señor JOSÉ ARTURO VILLALOBOS, en el presente proceso de DIVORCIO POR SEPARACIÓN DE LOS CÓNYUGES DURANTE UNO O MAS AÑOS CONSECUTIVOS, regulado en los artículos 106.2 del Código de Familia, promovido por la demandante, señora ANA ISABEL RAMÍREZ DE VILLALOBOS, quien es de cincuenta y siete años de edad, casada, empleada, originaria de San Salvador, departamento de San Salvador, del domicilio de Los Ángeles, Estado de California, Estados Unidos de América y de nacionalidad Salvadoreña, con Documento Único de Identidad número: cero cero tres dos nueve tres ocho ocho cero, por medio de su apoderada general judicial con cláusula especial, licenciada KARLA ELISA PORRAS SANTAMARÍA, en contra del señor JOSÉ ARTURO VILLALOBOS, de sesenta y nueve años de edad, casado, originario de Jiquilisco, departamento de Usulután y de nacionalidad salvadoreña y demás generales desconocidas, ya que según expone la apoderada de la parte actora en el escrito de la demanda inicial, actualmente es de domicilio ignorado; por lo que se ha ordenado EMPLAZARLO POR MEDIO DEL PRESENTE EDICTO, el cual será publicado por tres veces en un periódico de circulación nacional, con un intervalo de cinco días hábiles entre cada publicación, para que dentro del término de quince días contados a partir del día siguiente de la tercera publicación, ejerza su derecho de defensa dentro del proceso y conteste la demanda interpuesta en su contra, si no lo hiciere, se le nombrará de a la Procuradora de Familia adscrita a este Juzgado para que en lo sucesivo lo represente en este proceso. Todo lo anterior de conformidad a lo regulado en el artículo 34 Inciso cuarto y quinto de la Ley Procesal de Familia.
Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.
Librado en el Juzgado Tercero de Familia uno de San Salvador, a las diez horas y veinticinco minutos del día catorce de dos mil veintitrés.
MÁSTER CARMEN ELENA MOLINA
JUEZA UNO DEL JUZGADO
TERCERO DE FAMILIA
LICDO. ARMANDO ANTONIO SOSA PINEDA
SECRETARIO INTO.
REF: 02955-23-FMPF-3FM1-(106.2)-II.
1a. Pub. 22-30-7 52977
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#52981 | 30-05-2023 |
LEONEL ARQUIMIDES BONILLA CAMPOS
2 Publicación
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UN-F1- 196 (106-2)´23. 6.- (ODP 206-23-US-FMPF-0 1FM)
EL LICENCIADO ELÍAS ANTONIO ARÉVALO, JUEZ PRIMERO DE FAMILIA INTERINO, DEL MUNICIPIO Y DEPARTAMENTO DE USULUTÁN.
HACE SABER QUE:
En este Juzgado ha sido demandada, en proceso familiar de Divorcio por el motivo de Separación de los Cónyuges durante uno o más años consecutivos, la señora MARLENE ORTEGA DE HERRERA, mayor de edad, casada, de Oficios del Hogar, originaria y del domicilio de Jiquilisco, departamento de Usulután, de nacionalidad salvadoreña, y de quien se ha manifestado en la demanda que actualmente es de domicilio ignorado, habiendo tenido como último domicilio en: Colonia Quintanilla Número Uno, Pasaje Dos, casa número Setenta y nueve, del Barrio El Calvario de la ciudad de Jiquilisco, departamento de Usulután. Habiendo sido demandada por su cónyuge señor DELBIS ALEXANDER HERRERA CASTRO, por medio del Lic. Leonel Arquímides Bonilla Campos. En consecuencia, por el presente Edicto que deberá ser publicado en un periódico de circulación nacional por tres veces consecutivas, con intervalos de cinco días hábiles entre cada publicación, se emplaza a la señora MARLENE ORTEGA DE HERRERA, de las generales antes dichas; PREVINIÉNDOLE, que dentro de los quince días hábiles siguientes al de la tercera publicación de este Edicto, se presente al Juzgado Primero de Familia del Departamento de la ciudad de Usulután, para ejercer sus derechos mediante Representante o Apoderado Judicial legalmente constituido en el proceso clasificado al N.U.I.: UN-F1- 196(106-2)2023; Si así no lo hiciere se le designará al Procurador de Familia adscrito a este Tribunal para que asuma su representación.
Lo que se hace de conocimiento público.
Librado en el Juzgado Primero de Familia de Usulután; a las once horas y cuarenta minutos del día cinco de mayo del año dos mil veintitrés.
Lic. Elías Antonio Arévalo
Juez 1º. DE FAMILIA Into
Licda. Elizabeth del C. Hernández Castellón
SECRETARIA
1a. Pub. 22-30-7 52981
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#52986 | 30-05-2023 |
NANCY MARGARITA MORALES VELASQUEZ
2 Publicación
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AVISO
LA SUSCRITA JUEZ SEGUNDO DE FAMILIA DE SAN SALVADOR, LICENCIADA CLAUDIA YANIRA CÁCERES NAVAS, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las nueve horas del día once de mayo de dos mil veintitrés, en el proceso de Declaratoria Judicial de Unión no Matrimonial promovido inicialmente por el Licenciado FRANCISCO EUGENIO PARADA HERNÁNDEZ, quien fue sustituido por los licenciados RICARDO ALCIDES PORTILLO MARROQUÍN y ANA GLORIA PORTILLO FUENTES, todos en calidad de apoderados de la señora NANCY MARGARITA MORALES VELÁSQUEZ, en contra de los señores KAREN ELENA FLORES MORALES, representada por la Licenciada IRIS VIRGINIA NOLASCO, la señora EMMA CORTEZ ACEVEDO, representada por la licenciada GEORGINA TERESA AGUILAR CARDENAS, y los señores DANIEL OMAR FLORES MORALES y LUIS ANTONIO FLORES GUZMÁN, clasificado bajo la referencia NUE: 01950-22- FMPF. 2FM1/5; se ha ordenado notificar y citar al demandado señor LUIS ANTONIO FLORES GÚZMAN, quien es de veintisiete años de edad, originario y del domicilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, siendo hijo de los señores Elsy Magdalena Guzmán Vásquez y Daniel Omar Flores Cortez, a efecto de que comparezca a la celebración de audiencia preliminar señalada por este Juzgado para las NUEVE HORAS DEL DIA VEINTIDOS DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO, debiendo comparecer ese día y hora a este Juzgado debidamente procurado a ejercer sus derechos, de conformidad a lo establecido en los artículos 10 y 97 de la Ley Procesal de Familia, o pudiendo en caso de carecer de recursos económicos acudir a la Procuraduría General de la República a solicitar se le asigne un Defensor Público de Familia que lo represente. Caso contrario se le nombrará a la Procuradora de Familia adscrita a este Tribunal, para que lo represente, de conformidad al artículo 34 inciso 5º de la Ley Procesal de Familia, ya que su incomparecencia, no evitará la continuación del proceso.
Lo que se hace del conocimiento a dicho señor, para los efectos de ley correspondientes. Librado en el JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA: JUEZ UNO San Salvador, a las nueve horas con diez minutos del día once de mayo de dos mil veintitrés.
LICDA. CLAUDIA YANIRA CÁCERES NAVAS
JUEZ SEGUNDO DE FAMILIA
Ante mí,
LICDA. NURIA ELIZABETH SERRANO ALGUERA
SECRETARIA DE ACTUACIONES
NUE: 01950-22-FMPF-2FM1/5
"La justicia es gratuita"
1a. Pub. 22-30-7 52986
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#52992 |
30-05-2023 ![]() |
DM LEGAL EL SALVADOR S.A. DE C.V. null
2 Publicación
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DV3820
KHAIRI
No. de Exp.: 2023213487
No. de Pres.: 20230355706
CLASE: 05, 42.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER:
Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ERNESTO MILLA ALVAREZ, en su calidad de APODERADO de TUTEUR S.A.C.I.F.I.A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO, consistente en: la palabra KHAIRI, que servirá para Amparar: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales. Clase: 05. Para Amparar: Servicios científicos y tecnológicos, laboratorios médicos, laboratorios de investigación, servicios de laboratorios; servicios de ensayo de laboratorios. Clase: 42.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de marzo del dos mil veintitrés.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de abril del dos mil veintitrés.
KHAIRI
QR
Firmado Por: Cecilia Esperanza Godoy de Velásquez Cargo: Registrador Auxiliar 2023/04/17 10:27:48-0600 Centro Nacional de Registros Registro de PI
EL PRESENTE DOCUMENTO PÚBLICO HA SIDO EMITIDO UTILIZANDO UNA FIRMA ELECTRÓNICA CERTIFICADA, CUYA EFICACIA Y VALOR JURÍDICO SE ESTABLECE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 1, 8 Y 30 DE LA LEY DE FIRMA ELECTRÓNICA Y EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. PUEDE CONSULTAR LA INFORMACIÓN DEL DOCUMENTOS ELECTRÓNICO AQUÍ: https://vol.uanataca.com/es
1a. Pub. 26-30-1 52992
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#53027 |
30-05-2023 ![]() |
IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA DISMEDIC, S.A. DE C.V. null
1 Publicación
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LG518
DISMEDIC
No. de Expediente: 2023213263
No. de Presentación: 20230355281
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER:
Que a esta oficina se ha(n) presentado JULIO GIOVANI MONTES CHAVARRÍA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA DISMEDIC, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA DISMEDIC, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, consistente en: la palabra DISMEDIC, que servirá para: AMPARAR: IMPORTACIÓN, DISTRIBUCIÓN DE INSUMOS MÉDICOS. Clase: 35.
La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del dos mil veintitrés.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de abril del dos mil veintitrés.
DISMEDIC
QR
Firmado Por: David Antonio Cuadra Gómez
Cargo: Registrador Auxiliar 2023/04/25 14:02:32-0600
Centro Nacional de Registros Registro de PI
EL PRESENTE DOCUMENTO PÚBLICO HA SIDO EMITIDO UTILIZANDO UNA FIRMA ELECTRÓNICA CERTIFICADA, CUYA EFICACIA Y VALOR JURÍDICO SE ESTABLECE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 1, 8 Y 30 DE LA LEY DE FIRMA ELECTRÓNICA Y EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. PUEDE CONSULTAR LA INFORMACIÓN DEL DOCUMENTOS ELECTRÓNICO AQUÍ: https://vol.uanataca.com/es
1a. Pub. 30-1-5 53027
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#53034 |
30-05-2023 ![]() |
ACCION LIFE, S.A DE C.V.
3 Publicación Ver certificado
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JB3466
No. de Exp.: 2023213475
No. de Pres.: 20230355685
CLASE: 41.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER:
Que a esta oficina se ha(n) presentado ZOILA DEL CARMEN CRUZ DE FIGUEROA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de ACCION LIFE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ACCION LIFE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, consistente en: las palabras: SIVAR SPORTS ACADEMY y diseño, traducido al castellano como: ACADEMIA DE DEPORTE, la palabra SIVAR se considera de fantasía, por lo que no tiene traducción al castellano. Se concede exclusividad sobre el signo distintivo en su conjunto, ya que sobre el uso de los elementos denominativos que lo componen, individualmente considerados no se concede exclusividad, ya que los términos: SIVAR, SPORTS, ACADEMY, traducido al castellano como: SIVAR, DEPORTES, ACADEMIA; se relacionan con los productos que se amparan dentro de la clase 41 (Clasificación de Niza Onceava Edición) por lo que se consideran comunes o necesarios dentro del comercio. Lo anterior según lo establecido en el Artículo 29 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos., que servirá para: AMPARAR: EDUCACIÓN; FORMACIÓN; SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. Clase: 41.
La solicitud fue presentada el día veintiuno de marzo del dos mil veintitrés.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de marzo del dos mil veintitrés.
LOGO QR
Firmado Por: Mauricio Enrique Sánchez Vásquez Cargo: Registrador Auxiliar 2023/03/29 09:55:02-0600 Centro Nacional de Registros Registro de PI
EL PRESENTE DOCUMENTO PUBLICO HA SIDO EMITIDO UTILIZANDO UNA FIRMA ELECTRÓNICA CERTIFICADA, CUYA EFICACIA Y VALOR Jurídico SE ESTABLECE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS l, 8 Y 30 DE LA LEY DE FIRMA ELECTRONICA Y EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. PUEDE CONSULTAR LA INFORMACIÓN DEL DOCUMENTOS ELECTRÓNICO AQUI: https://vol.uanataca.com/es
1a. Pub. 24-26-30 53034
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#53047 |
30-05-2023 ![]() |
LISITA,S.A. DE C.V. null
1 Publicación
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JB3466
COLOR
No. de Exp. : 2023214440
No. de Pres.: 20230357441
CLASE: 30.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER:
Que a esta oficina se ha(n) presentado MARITZA ZABLAH DE TALAMAS, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL Y ADMINISTRADOR ÚNICO PROPIETARIO de LISITA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LISITA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, consistente en: las palabras: CELESTIAL SEASONINGS y diseño, que se traduce al castellano como: CONDIMENTOS CELESTIALES. Se concede exclusividad sobre el signo distintivo en su conjunto, ya que el elemento denominativo: SEASONINGS que se traduce al castellano como: CONDIMENTOS; individualmente considerado, no se concede exclusividad; por ser término de uso común o necesarios dentro del comercio. Lo anterior según lo establecido en el Artículo 29 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos., que servirá para: TÉ, BEBIDAS PREPARADAS A TRAVÉS DE LAS INFUSIONES DE HOJAS, FRUTOS, HIERBAS U OTROS DE DISTINTOS SABORES. Clase: 30.
La solicitud fue presentada el día veintisiete de abril del dos mil veintitrés.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de mayo del dos mil veintitrés.
COLOR
QR
Firmado Por: Mauricio Enrique Sánchez Vásquez
Cargo: Registrador Auxiliar 2023/05/11 14:17:19-0600
Centro Nacional de Registros Registro de PI
EL PRESENTE DOCUMENTO PÚBLICO HA SIDO EMITIDO UTILIZANDO UNA FIRMA ELECTRÓNICA CERTIFICADA, CUYA EFICACIA Y VALOR JURÍDICO SE ESTABLECE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 1, 8 Y 30 DE LA LEY DE FIRMA ELECTRÓNICA Y EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. PUEDE CONSULTAR LA INFORMACIÓN DEL DOCUMENTOS ELECTRÓNICO AQUÍ: https://vol.uanataca.com/es
1a. Pub. 30-1-6 53047
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#53052 |
30-05-2023 ![]() |
JUAN ALBERTO GALDAMEZ GARCIA
1 Publicación
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RP1559
No. de Exp.: 2023213336
No. de Pres.: 20230355421
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER:
Que a esta oficina se ha presentado JUAN ALBERTO GALDÁMEZ GARCÍA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, consistente en: la expresión JUANWHO BARBER & HAIR CREATIVE y diseño, se traduce al castellano las palabras BARBER & HAIR CREATIVE como: barbero y creativo de cabello, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A BARBERÍA, TRATAMIENTOS DE HIGIENE CORPORAL Y BELLEZA.
La solicitud fue presentada el día dieciséis de marzo del dos mil veintitrés.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, catorce de abril del dos mil veintitrés.
QR
Firmado Por: Juan Carlos Aguilar Samayoa Cargo: Registrador Auxiliar 2023/04/20 14:05:38-0600 Centro Nacional de Registros Registro de PI
EL PRESENTE DOCUMENTO PUBLICO HA SIDO EMITIDO UTILIZANDO UNA FIRMA ELECTRÓNICA CERTIFICADA, CUYA EFICACIA Y VALOR JURÍDICO SE ESTABLECE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 1, 8 Y 30 DE LA LEY DE FIRMA ELECTRÓNICA Y EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. PUEDE CONSULTAR LA INFORMACIÓN DEL DOCUMENTOS ELECTRÓNICO AQUÍ: https://vol.uanataca.comks
1a. Pub. 30-2-5 53052
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#53061 | 30-05-2023 |
MAURA EILEEN HERNÁNDEZ DE VALLE
2 Publicación
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Oswaldo Dagoberto Argueta Salazar, Juez Segundo de Familia de Ahuachapán, HAGO SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la licenciada Maura Eileen Hernández de Valle, de treinta y cinco años de edad, abogado y notario, del domicilio de la ciudad y departamento de Ahuachapán, identificada con Documento Único de Identidad número cero tres millones quinientos cuarenta y nueve mil doscientos sesenta y uno guión cuatro, y Número de Identificación Tributaria cero ciento uno guión doscientos noventa mil ciento ochenta y seis guión ciento dos guión tres y Tarjeta de Identificación de la Abogacía número cero uno cero uno cuatro D cuatro ocho uno uno cinco ocho siete uno tres, en representación de la señora María Estela Pineda, de cincuenta y nueve años de edad, soltera, de oficios domésticos, del domicilio de la ciudad y departamento de Ahuachapán, identificada con Documento Único de Identidad número cero un millón ochocientos veinte mil doscientos cuarenta y seis guión dos y Número de Identificación Tributaria cero ciento uno guión ciento cincuenta mil novecientos sesenta y dos guión ciento tres guión cuatro, demandando en proceso de Declaratoria Judicial de Unión No Matrimonial, fundada en el art. 123 del Código de Familia, a los señores Donald Antonio Molina Pineda, de veintiséis años de edad, profesor, del domicilio de la ciudad y departamento de Ahuachapán, identificado por medio de su Documento Único de Identidad número cero cinco millones ciento noventa y ocho mil ciento cuarenta y siete guión nueve y Número de Identificación Tributaria cero ciento uno guión cero noventa mil setecientos noventa y cinco guión ciento dos guión uno; Jaime Gabriel Molina Pineda, de veinte años de edad, estudiante, del domicilio de la ciudad y departamento de Ahuachapán, identificado por medio de su Documento Único de Identidad número cero seis millones doscientos veintiún mil trescientos nueve guión uno y Número de Identificación Tributaria cero doscientos diez guión doscientos treinta mil quinientos uno guión ciento diez guión cuatro; y, Nelly Lorena Molina de Guevara, de cuarenta y nueve años de edad, del domicilio de la ciudad y departamento de San Salvador, hijos de quien en vida fuera José Antonio Molina Herrera, fallecido el 23 de noviembre de 2021, y a todas las personas que consideren que la sentencia que se dicte en el proceso les afectara en sus derechos; por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 126 inc. 1º de la Ley Procesal de Familia, se emplaza por este medio a quienes consideren que la sentencia que se dictara en el proceso les afectara en sus derechos, para que dentro del plazo de quince días hábiles posteriores a la última publicación de este aviso, se presenten a este Juzgado a ejercer su derecho de defensa. El presente edicto deberá publicarse 3 veces en un Diario de Circulación Nacional diaria, con intervalos de 5 días corridos entre cada publicación, de conformidad con el art. 34 inc. 4° de la L.Pr.F.
Lo que se hace del conocimiento público, para los efectos de ley, a los diez días del mes de febrero del dos mil veintidós.
Lic. Oswaldo Dagoberto Argueta Salazar
Juez Segundo de Familia de Ahuachapán.
Lic. César Edgardo Escobar Silva.
Secretario
1a. Pub. 25-30-5 53061
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#53062 | 30-05-2023 |
SARA LUISA VALENZUELA DE SEGURA
2 Publicación
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EDICTO
SILVIA MARITZA RECINOS MEJIA, Notario, del domicilio de San Martín, departamento de San Salvador, con oficina establecida en Primera Calle Poniente, Número Dos Mil Novecientos Cuatro, Condominio Montemaria, Edificio "C", Nivel Dos, Local Tres, en la Ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador, AL PÚBLICO, HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario, proveída a las catorce horas del día catorce de abril del año dos mil veintitrés, se ha tenido por Aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, lugar de su último domicilio, el día diecinueve de febrero de dos mil veintidós, dejó la Señora ELENA SALAZAR DE VALENZUELA a la edad de noventa y siete años, habiendo sido de profesión Enfermera, Casada, de nacionalidad Salvadoreña, originaria del Paisnal, perteneciente al departamento de San Salvador, quien fuere hija de la señora LUCIA SALAZAR y del señor JACINTO MONTALVO, ya fallecidos, de parte de la Señora: SARA LUISA VALENZUELA DE SEGURA, en su calidad de HIJA, y del señor VICTOR HUGO VALENZUELA SALAZAR, en su calidad de HIJO; habiéndosele conferido a los Aceptantes, la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se AVISA al público para los efectos de Ley.
San Salvador, a las quince horas del día catorce de abril del año dos mil veintitrés.
Licda. SILVIA MARITZA RECINOS MEJIA
NOTARIO
1a. Pub. 29-30-31 53062
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#53064 | 30-05-2023 |
JONATHAN ALBERTO HERNANDEZ CASTANEDA
2 Publicación
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EDICTO
SERGIO MAURICIO PALACIOS ARAUJO, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en Veintiuno avenida norte entre Veintitrés y Veinticinco calle poniente casa número Mil trescientos catorce, colonia Layco del municipio y departamento de San Salvador. HACE SABER: que, por resolución del suscrito notario, proveída a las ocho horas del día veintitrés de mayo de dos mil veintitrés, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia testada que a su defunción dejó el señor EDUARDO ERNESTO URIBE LEMUS, ocurrida en el Hospital Médico Quirúrgico, del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, a consecuencia de insuficiencia respiratoria, choque séptico, neumonía severa leucemia aguda y habiendo fallecido en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, de parte de la señora SANDRA ESMERALDA MENA DE URIBE en su calidad de heredera universal testamentaria del mencionado causante, Confiérase a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en la oficina del mencionado notario. En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas con treinta minutos, del día veintitrés de mayo de dos mil veintitrés.
SERGIO MAURICIO PALACIOS ARAUJO
NOTARIO
1a. Pub. 29-30-31 53064
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#53067 | 30-05-2023 |
CECILIA YANET CAÑAS DE GARAY
1 Publicación
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DIANA MICHELLE PLEITES FLORES, Notario, del domicilio de Mejicanos, departamento de San Salvador, con oficina ubicada en Torre Futura, Nivel doce, local Uno-B, Calle El Mirador y ochenta y siete Avenida Norte, Colonia Escalón, departamento de San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notario proveída a las doce horas con treinta y dos minutos del día dieciocho de mayo de dos mil veintitrés, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad el cuatro de abril de dos mil veintitrés, dejó el causante señor CARLOS ALBERTO JOSE GARAY TEJADA, quien al momento de fallecer era de sesenta y ocho años de edad, Médico Gineco-Obstetricia, originario de San Salvador, Departamento de San Salvador, siendo su último domicilio el de Zaragoza, Departamento de La Libertad; por parte de la señora CECILIA YANET DE LOS ANGELES CAÑAS DE GARAY, conocida por CECILIA YANETH DE LOS ANGELES CAÑAS DE GARAY y por CECILIA YANETH CAÑAS DE GARAY, en su calidad de Cónyuge Sobreviviente del causante, y en consecuencia, se le confirió la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se avisa y cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a alegar lo que conforme a Ley corresponda en el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la Oficina Profesional de la Notario Diana Michelle Pleités Flores. En la ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador, a los dieciocho días del mes de mayo de dos mil veintitrés
LIC. DIANA MICHELLE PLEITES FLORES
NOTARIO
1a. Pub. 30-31-1 53067
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#53068 | 30-05-2023 |
IRENE ISABEL VILLEDA BLANCO
1 Publicación
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PEDRO JOSÉ CAÑAS CRUZ, Notario, del domicilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, con oficina ubicada en Torre Futura, Nivel doce, local Uno-B, Calle El Mirador y ochenta y siete Avenida Norte, Colonia Escalón, departamento de San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario proveída a las diez horas del día dieciocho de mayo de dos mil veintitrés, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad el día veintitrés de agosto de dos mil veintidós, dejó el causante señor MANUEL ANTONIO VILLEDA, quien al momento de fallecer era de sesenta y dos años de edad, Mecánico, originario de San Salvador, Departamento de San Salvador, siendo su último domicilio el de San Marcos, Departamento de San Salvador; por parte de IRENE ISABEL VILLEDA BLANCO, en su calidad de hija del causante, y por lo tanto, se le confirió la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se avisa y cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a alegar lo que conforme a Ley corresponda en el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la Oficina Profesional del Notario Pedro José Cañas Cruz. En la ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador, a los dieciocho días del mes de mayo de dos mil veintitrés
LIC. PEDRO JOSÉ CAÑAS CRUZ
NOTARIO.
1a. Pub. 30-31-1 53068
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#53077 | 30-05-2023 |
WALTER JOSUÉ DONADO MÉNDEZ
3 Publicación Ver certificado
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EDICTO
CARLOS ALFREDO CERÓN CORTEZ, Notario, del domicilio de la ciudad de Mejicanos, departamento de San Salvador. HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas del día veinticinco de febrero de dos mil veintitrés, se ha tenido por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario la HERENCIA INTESTADA, de los bienes que a su defunción dejó la causante señora TERESA ARRIOLA DE MÁRTIR, conocida por TERESA ARRIOLA, TERESA MEDRANO y por TERESA ARRIOLA MEDRANO, quien falleció a las catorce horas veinte minutos, del día catorce de febrero de dos mil quince, a consecuencia de Cangrena seca miembro inferior izquierdo, insuficiencia arterial crónica miembro inferior izquierdo, diabetes mellitus tipo 2, en Hospital Nacional Rosales, de la Ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador, siendo ese su último domicilio, por parte de los señores CARLOS ULISES MÁRTIR ARRIOLA, RAFAEL FEDERICO MÁRTIR ARRIOLA y FRANCISCO MÁRTIR ARRIOLA, en calidad de hijos sobrevivientes y Cesionarios de los Derechos Hereditarios que le correspondían a los señores Silvia Carolina Mártir Arriola, Ruth Mercedes Mártir De Campos, Hilda Esperanza Mártir Arriola, Manuel Alberto Mártir Arriola, en su calidad de hijos sobrevivientes y de José Federico Mártir Ascencio conocido por José Federico Mártir y por Federico Mártir Ascencio en su calidad de conyugue sobreviviente, respectivamente de la causante, y se le confiere la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA de la Herencia Intestada; y se cita a los que se crean con derecho a la Herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente Edicto. En la ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador, a los veinticinco días del mes de abril de dos mil veintitrés.
LIC. CARLOS ALFREDO CERÓN CORTEZ
NOTARIO
1a. Pub. 26-29-30 53077
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#53080 | 30-05-2023 |
SEBICAF, S.A DE C.V
2 Publicación
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EL INFRASCRITO JUEZ DE TRÁNSITO DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, LICENCIADO EDWIN OSWALDO AMAYA ESPINO, hace saber a los señores WALTER ALFREDO CERNA y FRANCIA GERTRUDIS MARTELL ESTRADA, en vista de haber sido demandados el primero en la calidad de conductor del supuesto vehículo causante del accidente y la segunda en la calidad de propietaria del mismo, en las Diligencias Conciliatorias número DC 25-2023, promovidas por el licenciado JULIO CÉSAR MELÉNDEZ VALENZUELA, en su calidad Apoderado General Judicial de la sociedad TRANSPORTE SEBICAF S.A DE C.V, representada legalmente por el Ingeniero LEANDRO ANTONIO ORELLANA RODRÍGUEZ, y no constando dirección completa en la cual puedan ser localizados los demandados, cítesele a fin de que comparezca a la Audiencia Conciliatoria, programada para las ONCE HORAS QUINCE MINUTOS DEL DÍA TRECE DE JUNIO DE DOS MIL VEINTITRÉS y conforme a lo establecido en el Art. 186 CPCM., cítese por medio de EDICTO, a efecto de hacerles saber que deberán comparecer el día y la hora señalada a la sede del Juzgado de Tránsito, ubicado en Primera Avenida Norte entre Segunda y Cuarta Calle Oriente. Santa Ana, dieciséis de mayo de dos mil veintitrés.
LIC. EDWIN OSWALDO AMAYA ESPINO
JUEZ DE TRÁNSITO, SANTA ANA
1a. Pub. 29-30-31 53080
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#53082 | 30-05-2023 |
MARÍA BALVINA JOMA DE ALVAREZ
2 Publicación
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EDICTO
MARINA ESTELA HENRÍQUEZ GUERRA, Notario, del domicilio de llopango, departamento de San Salvador, con oficina establecida en Colonia Layco, Pasaje Palomo, Casa Número Mil Cuarenta y Uno, San Salvador, AL PUBLICO HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario, proveída a las diez horas del día veintidós de mayo del año dos mil veintitrés, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de Inventario de parte de MARÍA BALVINA JOMA DE ÁLVAREZ conocida por MARÍA BALBINA JOMA, en su calidad de esposa sobreviviente y heredera cesionaria, la herencia intestada que a su defunción dejó el Señor ISMAEL ÁLVAREZ QUITEÑO, sin haber otorgado testamento alguno, quien era portador del Documento Único de Identidad número Cero Dos Uno Uno Cero Dos Cinco Cinco Ocho, y al momento de fallecer era de setenta años de edad, Casado, Electricista, originario de Zacatecoluca, departamento de La Paz, y con último domicilio en la ciudad de Zacatecoluca, departamento de La Paz, quien falleció a las ocho horas y veinte minutos del día veintiocho de junio del año dos mil veintidós en Barrio El Carmen, Tercera Calle Poniente, casa número VEINTICUATRO, de Zacatecoluca, departamento de La Paz, con asistencia médica y a consecuencia de Infarto Agudo Miocardio; habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Aviso que se hace al público para los efectos de Ley.
Librado en la oficina de la Notario MARINA ESTELA HENRÍQUEZ GUERRA, a las once horas del día veintidós de mayo del año dos mil veintitrés.
MARINA ESTELA HENRÍQUEZ GUERRA
NOTARIO
1a. Pub. 29-30-31 53082
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#53083 | 30-05-2023 |
JOSE ALBERTO MENJIVAR CORNEJO
3 Publicación Ver certificado
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EDICTO
JOSÉ ALBERTO MENJIVAR CORNEJO, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en Colonia Los Ángeles, Calle Francisco Gavidia, Avenida San Joaquín, casa número cuatro, Planes de Renderos, San Salvador, Departamento de San Salvador. HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las diez horas del día veintidós de mayo del año dos mil veintitrés, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara la señora ANA GLADYS AVELAR DE MIRA conocida por ANA GLADYS AVELAR quien falleció a la edad cincuenta y seis años de edad, Profesora, del domicilio de Residencial La Cima 1V, Polígono 'F", Avenida la Guacalchia numero ochenta y siete D, del Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, siendo este su ultimo domicilio, originaria de San Salvador, departamento de San Salvador, quien falleció a las siete horas y cuarenta y siete minutos del dia diecisiete de enero de dos mil veintitrés, en el Hospital de Diagnostico, del municipio de San Salvador, departamento de San Salvador, por parte de los señores: JORGE ALEJANDRO, RICARDO OBED y DIEGO FRANCISCO todos de apellidos MIRA AVELAR; quienes comparecen en concepto de hijos sobrevivientes de la causante y a la vez cesionarios de los derechos hereditarios en abstracto que le correspondían a José Francisco Mira Minero, quién es cónyuge sobreviviente de la causante y la señora OLGA NOEMY AVELAR, quien actúa en concepto de cesionaria de los derechos hereditarios en abstracto que le correspondían a la señora Ángela Avelar Canilla, quién es madre sobreviviente de la causante, habiéndoseles conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a dicha herencia, para que se presenten a la referida oficina en el término de quince dial, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en la oficina del Notario José Alberto Menjívar Cornejo En la ciudad de San Salvador, a las diez horas treinta minutos del día veintidós de mayo del año dos mil veintitrés.
JOSÉ ALBERTO MENJIVAR CORNEJO
NOTARIO
1a. Pub. 26-29-30 53083
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#53099 | 30-05-2023 |
SANDRA JANETTE BONILLA DE BUSTAMANTE
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MARCELA YANIRA BUSTAMANTE VASQUEZ, Notario, del domicilio de San Marcos, Departamento de San Salvador, con oficina en Colonia El Bosque, Calle "A", casa número ciento treinta, de la Ciudad y Departamento de San Salvador, HACE SABER:
Que por resolución pronunciada por la suscrita Notario, en esta ciudad, a las diecisiete horas del día trece de abril del dos mil veintitrés, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el causante señor MILTON ANTONIO GUTIERREZ conocido por MILTON ANTONIO GUTIERREZ GOCHEZ, quien fue de sesenta y un años de edad, Guardia de Seguridad, casado, de nacionalidad salvadoreña, con Documento Único de Identidad número: cero dos ocho nueve uno cero uno nueve - ocho, y Número de Identificación Tributaria: cero ciento tres - cero setenta mil setecientos sesenta y uno - ciento tres - cero, hijo de Refugio Gutiérrez y de Roberto Góchez, siendo su último domicilio South Gate, Los Ángeles, California, de Los Estados Unidos de América, fallecido el día siete de julio del dos mil veintidós, en la Ciudad de Los Ángeles, California de Los Estados Unidos de América, de parte de la señora HELENS MARITZA AMAYA conocida por HELENS MARITZA AMAYA OSORIO, HELEN MARITZA AMAYA, y por HELEN MARITZA GUTIERREZ, de cincuenta y siete años de edad, empleada, del domicilio de South Gate, Los Ángeles, California de Los Estados Unidos de América, con Documento Único de identidad número: cero seis siete cinco cuatro cero siete cinco - dos, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante; promovidas ante mis oficios notariales por su apoderado general judicial con cláusulas especiales Licenciado FAUSTO ANTONIO GUTIERREZ MOLINA, de cuarenta y cinco años de edad, Abogado y Notario, de los domicilios de San Salvador, Departamento de San Salvador, y de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, con Tarjeta de Identificación de Abogado número: cero seis uno cuatro cuatro seis cuatro siete dos cero dos seis ocho dos siete; habiéndosele conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención, para que transcurridos el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto, se presenten a dicha oficina a hacer uso de sus derechos,-
Lo que hace del conocimiento del público para los efectos de ley.
Librado en la Ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, a los trece días del mes de abril del año dos mil veintitrés.
MARCELA YANIRA BUSTAMANTE VASQUEZ
Notario
1a. Pub. 26-29-30 53099
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#53103 | 30-05-2023 |
ANFAB S.A DE C.V.
3 Publicación Ver certificado
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CONVOCATORIA
A todos los Propietarios de Del Mar Apartments, a una ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA a efectuarse:
Día: Viernes 16 de junio de 2023
Hora: 4:00 p.m.
Lugar: Tienda O, Centro Comercial La Gran Vía, Edificio 6, Antiguo Cuscatlán
El orden del día propuesto y los temas a tratar son:
1. Verificación del quórum.
2. Normas para propietarios y visitantes.
3. Asignación de estacionamientos.
4. Proposiciones y varios.
Los requisitos para participar de esta Asamblea Extraordinaria son ser propietarios o legítimos representantes de ellos.
Nota.- En caso de no reunirse el quórum (la mitad más uno de los propietarios) la primera convocatoria, se deja constancia que la Asamblea Extraordinaria se reunirá, en Segunda Convocatoria, el día viernes 23 de junio de 2023, a las 4:00 pm, en Tienda O La Gran Vía.
Atentamente,
Administración Del Mar Apartments.
1a. Pub. 26-29-30 53103
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#53104 |
30-05-2023 ![]() |
PLASTICOS DIVERSOS, S.A. DE C.V.
2 Publicación
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FE DE ERRATA
EB2575
IDEAS QUE VALE LA PENA EMPACAR
No. de Exp.: 2023211795
No. de Pres.: 20230351933
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER:
Que a esta oficina se ha(n) presentado ZOILA DEL CARMEN CRUZ DE FIGUEROA, en su calidad de APODERADO de PLASTICOS DIVERSOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PLASDIVER, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL, consistente en: la expresión IDEAS QUE VALEN LA PENA EMPACAR. El nombre comercial a que hará referencia dicha expresión se encuentra inscrito al número 00123 del Libro 00016 de Nombres Comerciales, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMIDOR SOBRE PRODUCTOS QUE SE COMERCIALIZAN EN NUESTRA EMPRESA, TALES COMO VASOS, PRODUCTOS DESECHABLES, UTENSILIOS PLÁSTICOS.
La solicitud fue presentada el día veinte de enero del dos mil veintitrés.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de febrero del dos mil veintitrés.
IDEAS QUE VALE LA PENA EMPACAR
Nery Cristians Stanley Portillo López
REGISTRADOR
1a. Pub. 26-30-1 53104
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#53110 | 30-05-2023 |
WENDY EUNICE GONZALES INTERIANO
2 Publicación
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Susana lvett Portillo Ayala, Notario del domicilio de San Salvador, departamento de San Salvador, con oficinas en: Colonia San José, treinta y nueve avenida norte, pasaje dos, Número ciento doce, San Salvador, AL PÚBLICO HAGO SABER: Que por resolución de la suscrita Notario proveída a las dieciséis horas y treinta minutos del día veintiuno de mayo de dos mil veintitrés, se ha tenido por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejara el señor REYES LÓPEZ, ocurrido el día veintiséis de enero de dos mil veintidós, falleció en Augusta University Medical Center, Augusta Richmond Georgia, Estados Unidos de América, por parte de la señora MERCEDES ESTELINA LÓPEZ MÁRQUEZ, en su calidad de hija sobreviviente del causante y cesionaria de los derechos que le correspondían a la señora LUCIA OLIMPIA PINEDA DE LÓPEZ, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante; en consecuencia, se le ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones del curador de la Herencia Yacente. Por lo que por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a tal sucesión, para que se presenten a la mencionada oficina en el término de quince días contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en las oficinas de la Suscrita Notario, en la ciudad de San Salvador, a las dieciséis horas cincuenta minutos del día veintiuno de mayo de dos mil veintitrés.
Licda. Susana lvett Portillo Ayala
NOTARIO
1a. Pub. 29-30-31 53110
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#53113 | 30-05-2023 |
AMPARO DEL CARMEN ARIAS SORTO
2 Publicación
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JENNY MARILU MENDOZA ECHEVERRIA, Notaria, con oficina situada en Calle Maquilishuat y Avenida cuatro de Mayo, Centro Profesional Buenos Aires número ciento tres, local OCHO. San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución proveída a las once horas del día veinticinco de Mayo de dos mil veintitrés , se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el causante, JONY ADI CHOTO TEJADA , quién fue de cuarenta y cinco años de edad, Soldador , fallecido en el Hospital General Instituto Salvadoreño del Seguro Social, de la Ciudad y Departamento de San Salvador , el día veintisiete de Febrero de dos mil veintitrés, siendo la Ciudad de Aguilares, Departamento de San Salvador su último domicilio, de parte del joven , JHONY OSVALDO CHOTO CRUZ , en su calidad de hijo del causante ; y la señora, IRIS ELIZABETH CRUZ DE CHOTO , en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante y como cesionaria del derecho hereditario que correspondía, a la señora, Blanca Argelia Tejada de Choto, en calidad de madre del referido causante. Habiéndoseles conferido la administración y representación INTERINA, de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.
Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, presentarse a esta Oficina Notarial a deducirlo, en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este Edicto.
Librado en la Ciudad y Departamento de San Salvador, a los veintiséis días del mes de Mayo de dos mil veintitrés.
Lic. JENNY MARILU MENDOZA ECHEVERRIA,
Notaria.
1a. Pub. 29-30-31 53113
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#53114 | 30-05-2023 |
CORPORATIVO LEGAL SOC. ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
2 Publicación
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EDICTO
MELISSA ALEXANDRA ÁVALOS CRISTALES, Notaria, del domicilio del departamento de Santa Ana, con oficina situada en Urbanización San Miguelito, Séptima Avenida Sur, entre Veintisiete Calle y Calle By Pass, número Treinta y Seis, de la ciudad de Santa Ana, HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída a las doce horas con treinta minutos del día nueve de mayo de dos mil veintitrés, se ha tenido expresamente por aceptada y con beneficio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejo el causante SANTOS HENRÍQUEZ, quien a la fecha de su fallecimiento fuera de setenta y ocho años de edad, Soltero, Jornalero, de Nacionalidad Salvadoreña por Nacimiento, quien fue portador de su Documento Único de Identidad número cero tres millones cuatrocientos veintiséis mil setecientos setenta y nueve nueve; y con Número de Identificación Tributaria cero setecientos catorce ciento noventa y un mil cuarenta ciento uno - cinco; originario del municipio de Santa Cruz Michapa, del departamento Cuscatlán, y del domicilio de esta ciudad, siendo esta ciudad su último domicilio, falleció a las seis horas con veinticuatro minutos, del día veintidós de febrero de dos mil diecinueve, siendo hijo de la señora María Henríquez, ya fallecida; de parte de las señoras LETICIA DEL CARMEN HENRÍQUEZ URÍAS y JESÚS ELIZABETH HENRÍQUEZ DE MAEDA, en sus conceptos de hijas sobrevivientes y cesionarias del derecho hereditario en abstracto que le correspondía a Ismael Antonio Henríquez Urías, en su calidad de hijo del causante, en la presente sucesión.- Confiérase a las aceptantes la Administración y Representación INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que avisa al público para los efectos de Ley y se cite a los que se crean con derecho para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días contados a partir del siguiente a la tercera publicación del edicto.
Librado en la oficina de la Notaria MELISSA ALEXANDRA ÁVALOS CRISTALES, en la ciudad y departamento de Santa Ana, a los once días del mes de mayo del año dos mil veintitrés.
Lcda. MELISSA ALEXANDRA ÁVALOS CRISTALES.
NOTARIA
1a. Pub. 29-30-31 53114
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#53115 | 30-05-2023 |
ALVARENGA & ASOCIADOS, S.A. DE C.V. ALVARENGA & ASOCIADOS, S.A. DE C.V.
2 Publicación
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VILMA ELIZABETH AYALA DURÁN. Notario, del domicilio de San Salvador, de este Departamento, con Oficina Jurídica situada en Boulevard Los Próceres, casa número diecisiete, Colonia Jardines de Montserrat, ciudad y departamento de San Salvador, al público para los efectos de ley, HACE SABER:
Que por resolución proveída por la suscrita, a las nueve horas del día once de Mayo del presente año, en las Diligencias de Aceptación de Herencia promovidas ante sus oficios notariales, por la Señora ZENAIDA AMERICA VILLALTA HERNÁNDEZ, conocida por AMERICA ZENAIDA VILLALTA HERNÁNDEZ, se ha tenido por Aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario la herencia testada dejada a su defunción por la causante Señora ROSA EDIBEL MARTÍNEZ VALENCIA, que falleció a las nueve horas y treinta minutos del día veintidós de marzo del año dos mil veintitrés, en la casa ubicada en Residencial Los Cipreses, Once Calle Poniente, Polígono B- UNO, casa número tres, ciudad de Santa Tecla, departamento de La Libertad, a consecuencia de Diabetes Tipo Dos, Multisistemica, y quien al momento de su fallecimiento era de sesenta y tres años de edad, casada, Licenciada en Administración de Empresas, originaria de la ciudad y departamento de San Salvador, de nacionalidad Salvadoreña, hija de los Señores Manuel de Jesús Martínez Torres y Rosa Elba Valencia, ya fallecidos, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, siendo ésta ciudad su último domicilio, por parte de la Señora ZENAIDA AMERICA VILLALTA HERNÁNDEZ, conocida por AMERICA ZENAIDA VILLALTA HERNÁNDEZ, en su concepto de Heredera Testamentaria de la causante antes consignada, y se ha conferido a la aceptante, la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia se CITA a todos que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten en la citada oficina, en el término de quince días contados a partir del siguiente día de la última publicación del presente edicto.
Librado en la Oficina de la Notario VILMA ELIZABETH AYALA DURÁN, en la ciudad de San Salvador, a los quince días del mes de mayo del año dos mil veintitrés.-
VILMA ELIZABETH AYALA DURÁN
NOTARIO
1a. Pub. 29-30-31 53115
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#53117 | 30-05-2023 |
MULTISERVICIOS SALINAS RAMOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
2 Publicación
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EICTO
JAIME DANIEL SALINAS GUERRERO, Notario, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, con oficina ubicada en tercera calle poniente, entre ochenta y siete y ochenta y nueve avenida norte, casa número treinta y cuatro, Colonia Escalón, ciudad y departamento de departamento de San Salvador, HACE SABER: que por resolución del suscrito notario, proveída a las diez horas del día veintitrés de mayo de dos mil veintitrés, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida a las seis horas y cero minutos del día dos de noviembre de dos mil veintidós, en Carretera Panamericana, Entrada Principal de urbanización Nuevos Horizontes, jurisdicción de San Martin, departamento de San Salvador, dejó el señor CARLOS RENE AMA HERNANDEZ, de parte de los señores ROSALIO ANTONIO AMA PINTE conocido por ROSALIO ANTONIO AMA y PAULA PETRONA HERNANDEZ DE AMA, que en sus calidades de padres sobrevivientes les corresponde respecto de la sucesión que a su defunción dejase el referido causante, habiéndoseles conferido la administración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por éste medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficina en el término de QUINCE DÍAS, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en la oficina del Notario JAIME DANIEL SALINAS GUERRERO. En la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés.
JAIME DANIEL SALINAS GUERRERO
NOTARIO
1a. Pub. 29-30-31 53117
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#53118 | 30-05-2023 |
MULTISERVICIOS SALINAS RAMOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
2 Publicación
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EICTO
JAIME DANIEL SALINAS GUERRERO, Notario, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, con oficina ubicada en tercera calle poniente, entre ochenta y siete y ochenta y nueve avenida norte, casa número treinta y cuatro, Colonia Escalón, ciudad y departamento de departamento de San Salvador, HACE SABER: que por resolución del suscrito notario, proveída a las diez horas del día veintitrés de mayo de dos mil veintitrés, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida a las dos horas y veinte minutos del día veintitrés de diciembre de dos mil doce, en el Hospital Santa Teresa, Zacatecoluca, departamento de La Paz, dejó la señora MARIA LUCIA GONZALES conocida por LUCIA GONZALEZ y por MARIA GONZALEZ, de parte de los señores JOSE CARLOS ANTONIO LOPEZ GONZALEZ, JERONIMA GONZALEZ LOPEZ, ALICIA GONZALEZ DE AVALOS, y MARIBEL GONZALEZ PONCE, que en sus calidad de hijos sobrevivientes les corresponde respecto de la sucesión que a su defunción dejase la referida causante, habiéndoseles conferido la administración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por éste medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficina en el término de QUINCE DÍAS, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en la oficina del Notario JAIME DANIEL SALINAS GUERRERO. En la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés.
JAIME DANIEL SALINAS GUERRERO
NOTARIO
1a. Pub. 29-30-31 53118
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#53119 | 30-05-2023 |
CARLA AMELIA MORAN DE HOLMAN
2 Publicación
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NUE: 07888-22-CVDV-5CM1
REF. INTERNA: 69-DV-22-5
DILIGENCIAS DE ACEPTACIÓN DE HERENCIA TESTAMENTARIA
DR. SAÚL ERNESTO MORALES, JUEZ QUINTO (1) DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, HACE SABER: Que en este Juzgado se han iniciado las Diligencias de Aceptación de Herencia testamentaria, promovido por la licenciada VILMA IRIS ESCOBAR DE ALAS, en su calidad de apoderada general judicial de los SOLICITANTES, A) señora CARLA AMELIA MORAN DE HOLMAN, mayor de edad, Ama de casa, del domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad: cero dos tres uno cero cero cero uno-cinco, con Número de Identificación Tributaria: cero seis uno cuatro-uno seis uno uno seis seis-cero cero ocho-nueve y B) señor JUAN MARCOS HOLAMN SALAVERRIA, conocido por JUAN MARCO HOLMAN SALAVERRIA, mayor de edad, estudiante, del domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad: cero dos tres cero nueve nueve cero siete-ocho, con Número de Identificación Tributaria homologado; asimismo ha intervenido el licenciado RAFAEL ERNESTO MALDONADO SANABRIA, en su calidad de Apoderado General Judicial del SOLICITANTE, C) señora GRACIA MARIA HOLMAN SALAVERRIA, mayor de edad Estudiante, del domicilio de la ciudad de Simi Valley, Condado de Los Ángeles, Estado de California, Estados Unidos de América, con Documento Único de Identidad: cero dos tres cero nueve nueve cinco ocho- uno, TODOS LOS SOLICITANTES COMPARECEN EN SUS CALIDADES DE: herederos de la sucesión testamentaria por derecho de transmisión del causante, señor MARK ALFORD HOLMAN ALVAREZ, conocido por MARK ALFORD HOLMAN, MARK HOLMAN ALVAREZ, MARK ALFORD HOLLMAN ALVAREZ y por MARK HOLMAN, quien es hijo fallecido del causante de estas diligencias; Que en virtud que en el auto pronunciado a las nueve horas con treinta minutos del día veintiuno de abril de dos mil veintitrés, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la SUCESIÓN TESTAMENTARIA que a su defunción dejó el causante de estas diligencias: señor JOHN ALFORD HOLMAN, con Cedula N°: seiscientos cincuenta y siete mil seis ciento setenta y ocho y con Carnet de Residente: siete nueve tres cinco, expedido en San Salvador, quien falleció a las nueve horas con treinta y cinco minutos del día veintitrés de octubre de mil novecientos noventa y ocho, en pasaje las buganvillas, número quince, colonia San Francisco, San Salvador; siendo su último domicilio San Salvador, al fallecer tenía setenta y cinco años de edad, casado, de profesión u oficio: comerciante, de nacionalidad Salvadoreña por nacimiento, originaria de Washington D.C., Estados Unidos de América; el nombre de la madre era Laura May Glass y del padre Alford Víctor Holman. Y al haber tenido por aceptada la Herencia Testamentaria por parte de: a) señoras CARLA AMELIA MORAN DE HOLMAN y b) GRACIA MARIA HOLMAN SALAVERRIA c) señor JUAN MARCOS HOLAMN SALAVERRIA, conocido por JUAN MARCO HOLMAN SALAVERRIA, todos los solicitantes comparecen en sus calidades de: herederos de la sucesión testamentaria por derecho de transmisión del causante, señor MARK ALFORD HOLMAN ALVAREZ, conocido por MARK ALFORD HOLMAN, MARK HOLMAN ALVAREZ,
MARK ALFORD HOLLMAN ALVAREZ y por MARK HOLMAN, quien es hijo fallecido del causante de estas diligencias; Las referidas personas a quienes de conformidad con el Art. 1163 Código Civil se les confirió la administración y representación interina de la SUCESIÓN TESTAMENTARIA, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Asimismo, en dicha resolución se ordenó citar a los que se crean con derecho a la sucesión para que, dentro del plazo de quince días contados a partir del siguiente a la tercera publicación del edicto de ley, se presenten a este Tribunal a deducir sus derechos. Y para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumplimiento, se libra el presente Edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil de San Salvador a las nueve horas con treinta minutos del día veintiuno de abril de dos mil veintitrés.
DR. SAUL ERNESTO MORALES
JUEZ QUINTO (1) DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR
LIC. DAVID ORLANDO TOBAR MOLINA
SECRETARIO (1) QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR
1a. Pub.29-30-31 53119
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#53121 | 30-05-2023 |
SEGUNDO ABELINO NAVARRO
2 Publicación
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AVISO
ERIKA ELIZABETH AREVALO TORRENTO, Notario, de este domicilio, con Oficina situada en Edificio Panamericano, local Doscientos cuatro, situado entre Veinticinco Avenida Norte y Veintisiete Calle Poniente de la ciudad de San Salvador, al Público HACE SABER: Que a mi oficina notarial se ha presentado el señor SEGUNDO ABELINO NAVARRO, de sesenta y nueve años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Mejicanos, Departamento de San Salvador; iniciando Diligencias de TITULO SUPLETORIO de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón Agua Escondida, Caserío Las Flores, municipio de San Juan Opico, departamento de La Libertad, con una extensión superficial de SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, que mide y linda. LINDERO NORTE partiendo del vértice Nor Poniente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur ochenta y ocho grados diez minutos doce segundos Este con una distancia de dieciséis punto treinta y seis metros; Tramo dos, Norte ochenta y nueve grados dieciséis minutos cincuenta y un segundos Este con una distancia de veinticinco punto veinticuatro metros; colindando con VICENTA IRENE ABREGO DE MANCIA y GLORIA GUADALUPE CORTEZ DE FUENTEScon calle de por medio. LINDERO ORIENTE partiendo del vértice Nor Oriente está formado por diez tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur cero cuatro grados once minutos cuarenta y un segundos Oeste con una distancia de tres punto sesenta y siete metros; Tramo dos, Sur cero nueve grados cuarenta y ocho minutos cero siete segundos Oeste con una distancia de cinco punto noventa metros; Tramo tres, Sur diez grados cuarenta y tres minutos veintisiete segundos Oeste con una distancia de veintiún punto cincuenta y tres metros; Tramo cuatro, Sur cero nueve grados veintitrés minutos cincuenta y cinco segundos Oeste con una distancia de veinte punto veinte metros; Tramo cinco, Sur diez grados cero cinco minutos quince segundos Oeste con una distancia de catorce punto cincuenta y cuatro metros; Tramo seis, Sur cero nueve grados cuarenta y tres minutos cincuenta y un segundos Oeste con una distancia de diecinueve punto cero tres metros; Tramo siete, Sur cero nueve grados cuarenta y siete minutos cero siete segundos Oeste con una distancia de veintitrés punto ochenta y nueve metros; Tramo ocho, Sur cero ocho grados cuarenta y un minutos cero cuatro segundos Oeste con una distancia de veintiocho punto veinticuatro metros; Tramo nueve, Sur cero siete grados once minutos cero seis segundos Oeste con una distancia de trece punto sesenta y siete metros; Tramo diez, Sur cero tres grados veintiocho minutos treinta y ocho segundos Este con una distancia de uno punto treinta y nueve metros; colindando con LAUREANO DE JESUS HERNANDEZ. LINDERO SUR partiendo del vértice Sur Oriente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur ochenta y cinco grados treinta y cinco minutos cincuenta segundos Oeste con una distancia de dieciocho punto setenta y un metros; Tramo dos, Sur ochenta y cinco grados cuarenta minutos cuarenta y siete segundos Oeste con una distancia de veintinueve punto ochenta y cinco metros; colindando con LAUREANO DE JESUS HERNANDEZ. LINDERO PONIENTE partiendo del vértice Sur Poniente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte cero siete grados cincuenta y cinco minutos veintiséis segundos Este con una distancia de treinta y seis punto sesenta y cinco metros; Tramo dos, Norte doce grados veintinueve minutos treinta y ocho segundos Este con una distancia de ciento veinte punto cuarenta y nueve metros; colindando con SEGUNDO ABELINO NAVARRO. Así se llega al vértice Nor Poniente, que es el punto donde se inició esta descripción.- El inmueble descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con nadie y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas y el interesado lo valúa en CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Todos los colindantes son del mismo domicilio del mencionado inmueble.- Lo adquirió por compra que hizo a la señora América Navarro Martínez; en el año del dos mil quince, habiéndola adquirido ésta desde el año de mil novecientos setenta y nueve, por compra que hizo al señor Alejandro Navarro. La posesión unida a su antecesor suma más de CUARENTA Y DOS años, de manera pacífica, quieta e ininterrumpidamente.
Lo que avisa al público para los efectos legales consiguientes.-
Librado en la ciudad de San Salvador, a los veintitrés días del mes de Mayo del dos mil veintitrés.
1a. Pub. 29-30-31 53121
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#53122 | 30-05-2023 |
RAUL ARCIDES PORTILLO VARGAS
2 Publicación
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LICENCIADO JUAN ANTONIO VENTURA VELÁSQUEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA, DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA, DEPARTAMENTO DE USULUTÁN.-
HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado los Licenciados RAUL ARCIDES PORTILLO VARGAS, mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, con Tarjeta de identificación de Abogado número ocho mil trescientos veinticuatro Y FRANCISCO EDGAR ULISES VILLATORO FLORES, mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, con Tarjeta de Identificación de Abogado nueve mil cuatrocientos treinta y cuatro; quienes actúan en calidad de Apoderados Generales Judiciales con Cláusula Especial de los señores MARISOL DE DOLORES CASTELLÓN DE SERPAS, mayor de edad, comerciante, del domicilio de Jucuapa, Departamento de Usulután, con DUI Nº 02075593-4 y NIT Nº 1116-310359-101-3 Y JORGE ABILIIO SERPAS, mayor de edad, comerciante, del domicilio de Jucuapa, Departamento de Usulután, con DUI Nº 02144487-9 y NIT Nº 1109- 060970-103-0; incoando Demanda en PROCESO DECLARATIVO COMÚN DE DAÑOS Y PERJUICIOS, con Ref. 04-DC-2018.3; contra el Concejo Municipal de Jucuapa, Departamento de Usulután conformado de la siguiente manera: JOSE MANUEL TURCOS RUIZ, (ALCALDE); NORA DELMY ARAUJO RODRIGUEZ DE TREJO BAIRES, (SINDICO); REGIDORES PROPIETARIOS: JOSE HORACIO HERNANDEZ CASTELLON (1° Regidor), JANNETTE DEL CARMEN ZELAYA DE HERNANDEZ (2º Regidor), ROSMEO MANRIQUE PARADA CLAROS ( 3º Regidor), ELSO GLODOALDO GUZMAN SARAVIA (4º Regidor), MARIA CRISTINA RODRIGUEZ DIAZ ( 5º Regidor), WALTER OSMAR GOMEZ ( 6º Regidor); asimismo el señor HUGO ANTONIO TORRES TORRES, Sub inspector del puesto Policial de Jucuapa, en el mismo periodo; siendo uno de los demandados WALTER OSMAR GOMEZ y según DUI es soltero, salvadoreño, residente en Loma de La Cruz del Municipio de Jucuapa, Departamento de Usulután, hijo de Petronila Gómez con DUI Nº 00327604-0, soltero, estudiante, con nacimiento en Jucuapa, Departamento de Usulután el día doce de noviembre del año mil novecientos setenta y nueve, hijo de la señora Petronial Gómez y sin padre identificado, con residencia en Cantón Loma de La Cruz, Municipio de Jucuapa, Departamento de Usulután y siendo actualmente de paradero desconocido, del cual se desconoce dirección alguna para poder emplazarle de la demanda incoada en su contra; por lo que se da entero cumplimiento a lo ordenado en el Art. 186 CPCM, para que dentro del término de ley DIEZ DIAS HABILES se manifieste sobre dicha demanda incoada en su contra y pueda preparar su defensa, de conformidad al Art. 276 Nº 5º CPCM.- Después de la últimas publicaciones, previniendo que de no hacerlo el proceso continuará sin su presencia.
Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.-
LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: JUCUAPA, A LAS QUINCE HORAS Y CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL DÍA VEINTIUNO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-
LIC. JUAN ANTONIO VENTURA VELÁSQUEZ
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO
SECRETARIO
Ref. 04-DC-2018-3
1a. Pub. 29-30-31 53122
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#53124 | 30-05-2023 |
AGUSTIN ERNESTO ALAS
1 Publicación
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EDICTO
AGUSTÍN ERNESTO ALAS, Notario, del domicilio de la ciudad de San Salvador, con oficina establecida en el Centro Profesional Los Héroes, tercera planta, local número veintinueve, sito sobre Boulevard de Los Héroes y Calle María Auxiliadora, San Salvador.
HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas y veinte minutos del día veintitrés de mayo de dos mil veintitrés, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia testamentaria de los bienes que a su defunción, ocurrida a las dieciocho horas y veinte minutos del día nueve de noviembre de dos mil veintidós, en el Centro Médico Escalón de esta ciudad, lugar de su último domicilio, dejó la señora XÓCHITL TIRZA BUENDÍA DE MERINO, de parte de los señores TIRZA LISSETTE MERINO GÓMEZ, JOSÉ ANTONIO MERINO BUENDÍA y CARLOS ALBERTO MERINO BUENDÍA, en concepto de herederos testamentarios de la causante, habiéndoseles conferido la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Lo que se avisa al público para los efectos de ley.
Librado en la Oficina del Notario AGUSTÍN ERNESTO ALAS, a las diez horas y quince minutos del día veinticuatro de mayo de dos mil veintitrés.
AGUSTÍN ERNESTO ALAS
NOTARIO
1a. Pub. 30-31-1 53124
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#53129 | 30-05-2023 |
ANA LILIAN GRANDE RECINOS
1 Publicación
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LA SUSCRITA JUEZA DE FAMILIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, MASTER DORA ALICIA LÓPEZ
ZEPEDA, HACE SABER:
Que por resolución proveída por este Tribunal, a las quince horas treinta minutos del día catorce de Abril del año dos mil veintitrés, se admitió la Demanda de DECLARACIÓN JUDICIAL DE UNIÓN NO MATRIMONIAL, clasificado bajo el número de expediente 00213-23-SOY-FMPF-0FM1; interpuesta por el Licenciado CHRISTOPHER EDGARDO ALVARENGA COTO, Defensor Pública de Familia de la Procuraduría General de la República, corno Representante Judicial de la señora ANA LILIAN GRANDE RECINOS, quien es de sesenta y cuatro años de edad, soltera, comerciante, Salvadoreña, Originaria de San José Villanueva Departamento de La Libertad, con Domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador; en relación al causante señor MIGUEL ÁNGEL OVIDIO HERRERA quien fuera de sesenta y cuatro años de edad, empleado, soltero, Salvadoreño, originario de Comasagua, Departamento de La Libertad, último Domicilio de Soyapango, departamento de San Salvador, amparándose en el Artículo CIENTO DIECIOCHO del Código de Familia; por lo que de conformidad a lo regulado en los Arts. 34 Inc. 4 y 126 Inc. 1°. L.Pr.F., se ordenó emplazar por medio de este Edicto a quienes la sentencia que se pronuncie les pueda afectar en sus derechos, a fin de que comparezcan a este Tribunal a manifestar su defensa y ejercer sus derechos, dentro del término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación de este edicto en un diario de circulación nacional. Si no lo hicieren se designará un abogado de oficio, para que les represente.
Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley correspondientes.
Librado en el Juzgado de Familia: Soyapango, las quince horas cuarenta minutos del día catorce de abril del año dos mil veintitrés.
MSC. DORA ALICIA LÓPEZ ZEPEDA
JUEZA DE FAMILIA
LIC. OSCAR GIOVANNI ALFARO
SECRETARIO DE ACTUACIONES
NUE: 0213-23/ Col. 04
1a. Pub. 30-7-15 53129
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#53132 | 30-05-2023 |
IDALIA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ
1 Publicación
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RICARDO ALCIDES PORTILLO MARROQUÍN, Notario, de este domicilio, con Oficina situada en Séptima Avenida Norte, y Trece Calle Poniente, Condominio Centro de Gobierno, Tercera Planta, Local Número treinta y dos, de esta ciudad de San Salvador. HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día diez de mayo del año dos mil veintitrés, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida a las doce horas y diez minutos del día diez de mayo del año dos mil dieciocho, en Urbanización Campos Verdes uno, Polígono cuarenta y cinco, Casa número veintinueve, de la Jurisdicción de Colón, Departamento de La Libertad, dejó la causante MARÍA MORALES DE CABEZAS, quien fue de sexo femenino, de sesenta y seis años de edad, de Oficios del Hogar, Casada, de nacionalidad salvadoreña, originaria de Berlín, departamento de Usuluán, del domicilio de Colón, departamento de La Libertad, siendo dicho lugar su último domicilio; de parte de la señora IDALIA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, en calidad de Cesionaria del Derecho Hereditario que en dicha sucesión le correspondía al señor JOSÉ ANTONIO CABEZAS LÓPEZ, conocido por JOSÉ ANTONIO CABEZAS, y por JOSÉ ANTONIO ORANTES, en su concepto de cónyuge de la referida causante; habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.- Cita por este medio, a todas las personas que se crean con derecho a la Herencia antes referida para que se presenten a esta oficina a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.
Librado en la oficina del Notario RICARDO ALCIDES PORTILLO MARROQUÍN, San Salvador, el día veintiséis de mayo del año dos mil veintitrés.
LIC. RICARDO ALCIDES PORTILLO MARROQUÍN
NOTARIO
1a. Pub: 30-31-01 53132
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#53133 | 30-05-2023 |
JOSE HECTOR RAMIREZ
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25-H-2023/1
LICENCIADA EVELYN DEL CARMEN JIMENEZ DE SOLIS, JUEZA DOS DE LO CIVIL DE MEJICANOS. HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las nueve horas del día diecisiete de mayo de dos mil veintitrés, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de los señores JOSÉ HÉCTOR RAMÍREZ, quien es de noventa y ocho años de edad, empleado, del domicilio de Ayutuxtepeque, del departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad número 00118431-0 y Número de Identificación Tributaria 1209- 010125-001-7 y LUCIA MORENO conocida como ANA LUCIA PALACIOS y como LUCIA MORENO DE RAMÍREZ, quien es de ochenta y nueve años de edad, ama de casa, del domicilio de Ayutuxtepeque, del departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad número 01957773-9 y Número de Identificación Tributaria 0603-131233-001-7; en su calidad de PADRES sobrevivientes, la herencia Intestada que a su defunción dejó el causante JOSÉ HÉCTOR RAMÍREZ conocido por JOSÉ HÉCTOR RAMÍREZ PALACIOS, quien falleció el día veintiocho de mayo del año dos mil veintidós, siendo las ciudades de Houston Texas y Ayutuxtepeque su último domicilio; quien fue de sesenta y nueve años de edad, originario de Moncagua, del departamento de San Miguel, de Nacionalidad Salvadoreña, hijo de JOSÉ HÉCTOR RAMÍREZ y LUCIA MORENO conocida como ANA LUCIA PALACIOS y como LUCIA MORENO DE RAMÍREZ; quien poseía el Documento Único de Identidad número 06120343-3.
Confiérase a los aceptantes la Administración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión dejada por el causante JOSÉ HÉCTOR RAMÍREZ conocido por JOSÉ HÉCTOR RAMÍREZ PALACIOS, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
Cítense a todos los que se crean con derecho a la sucesión para que se presenten a deducirlo dentro del término de QUINCE DÍAS contados a partir del siguiente al de la tercera publicación de este Edicto.
Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, Jueza Dos, a las nueve horas treinta minutos del día diecisiete de mayo de dos mil veintitrés.
LICDA. EVELYN DEL CARMEN JIMENEZ DE SOLIS
JUEZA DOS DE LO CIVIL DE MEJICANOS
LIC.VICTORINO ALEXANDER PERAZA
SECRETARIO
Única pub. 30 53133
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#53135 | 30-05-2023 |
GABRIEL ALBERTO SOLIS
1 Publicación
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JUANA DOLORES LÓPEZ REYES, NOTARIO DE ESTE DOMICILIO, AL PÚBLICO HAGO SABER:
Que por resolución de las diecisiete horas del día ocho de mayo del año dos mil veintitrés. Ante mis oficios notariales se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora DORA ALICIA RIVERA DE SOLÍS, la herencia intestada que a su defunción dejara el causante JOSÉ LUIS SOLÍS, quien falleció en el Hospital Rosales, a las veintidós horas y cuarenta minutos del día veintiséis de abril del año de dos mil veintidós, siendo su último domicilio el municipio de Tonacatepeque, departamento de San Salvador, aceptante en calidad de esposa sobreviviente y cesionaria de los derechos que le correspondieran a los señores Gabriel Alberto Solís Rivera y Margarita del Carmen Solís Rivera en la sucesión intestada que a su defunción dejara el causante JOSÉ LUIS SOLÍS, habiéndole conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.
CÍTENSE a las personas que se crean con derecho en la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de QUINCE días contados a partir desde el siguiente día a la tercera publicación de este edicto.
LIBRADO en mi oficina notarial, situada en Avenida Doctor Emilio Álvarez, Local 210-a, Colonia Medica, San Salvador. San Salvador, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil veintitrés.
JUANA DOLORES LÓPEZ REYES
NOTARIO
1a. Pub. 30-31-1 53135
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